ANEXO. Estatutos de la Real Academia de la Historia · CAPÍTULO III. Cargos académicos
Artículo 35. Gerencia.
La Academia contará con una Gerencia, que, con carácter técnico, hará sus funciones bajo las órdenes del Director.
Serán de su competencia:
a) La gestión de los servicios administrativos de la Academia y la dirección administrativa del personal.
b) La ejecución de los acuerdos de los órganos de gobierno de la Academia en el ámbito económico y la atención a todas las obligaciones materiales de la Corporación.
c) La conservación y mantenimiento de los bienes de la Academia.
d) Cualesquiera otras funciones que le sean encomendadas por el Director en el ámbito de la gestión, de la administración y de los servicios de la Academia.
Texto oficial de Real Decreto 39/2009, de 23 de enero, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de la Historia (BOE-A-2009-2552). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 35. Gerencia. — Real Decreto 39/2009, de 23 de enero, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia de la Historia · BOE Fácil