CAPÍTULO V. Subsidio por riesgo durante la lactancia natural
Disposición adicional octava. Incremento de la cotización en supuestos de reducción de jornada.
En supuestos de reducción de jornada por cuidado de hijos, menores acogidos o familiares, el cómputo de las cotizaciones incrementadas hasta el 100 por 100 de la cuantía que hubiera correspondido si se hubiera mantenido sin dicha reducción la jornada de trabajo, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 180.3 y 4 de la Ley General de la Seguridad Social, también será de aplicación al personal funcionario y estatutario incluido en el Régimen General de la Seguridad Social.
Texto oficial de Real Decreto 295/2009, de 6 de marzo, por el que se regulan las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural (BOE-A-2009-4724). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.