CAPÍTULO V. Subsidio por riesgo durante la lactancia natural
Disposición final sexta. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día primero del mes siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 6 de marzo de 2009.
**JUAN CARLOS R.**
**El Ministro de Trabajo e Inmigración,**
**CELESTINO CORBACHO CHAVES**
Texto oficial de Real Decreto 295/2009, de 6 de marzo, por el que se regulan las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural (BOE-A-2009-4724). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final sexta. Entrada en vigor. — Real Decreto 295/2009, de 6 de marzo, por el que se regulan las prestaciones económicas del sistema de la Seguridad Social por maternidad, paternidad, riesgo durante el embarazo y riesgo durante la lactancia natural · BOE Fácil