CAPÍTULO VI. Medidas de fomento · Sección 2.ª Régimen jurídico de las ayudas estatales
Artículo 21. Procedimiento de concesión y convocatorias.
El procedimiento de concesión de las ayudas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva y, en su caso, con prorrateo.
Se iniciará, para cada tipo de ayuda, de oficio mediante convocatoria publicada en el «Boletín Oficial del Estado» con el contenido necesario que exige el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Texto oficial de Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine (BOE-A-2009-503). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 21. Procedimiento de concesión y convocatorias. — Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine · BOE Fácil