Disposición final segunda. Habilitación normativa.
Se habilita al Ministro de Cultura, sin perjuicio de las competencias de las comunidades autónomas, a la adopción de cuantas disposiciones resulten necesarias para el desarrollo y ejecución de este real decreto, así como para la modificación de los anexos para su adaptación a las recomendaciones y orientaciones aprobadas internacionalmente.
Texto oficial de Real Decreto 2063/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 10/2007, de 22 de junio, de la Lectura, del Libro y de las Bibliotecas en lo relativo al ISBN (BOE-A-2009-504). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final segunda. Habilitación normativa. — Real Decreto 2063/2008, de 12 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 10/2007, de 22 de junio, de la Lectura, del Libro y de las Bibliotecas en lo relativo al ISBN · BOE Fácil