CAPÍTULO V. Comunicaciones al Registro de Contratos del Sector Público
Disposición final segunda. Modelos de anuncios.
Se habilita al titular del Ministerio de Economía y Hacienda para modificar los anexos establecidos en este real decreto. Cuando se trate de anexos que recojan datos o menciones exigidos en disposiciones de la Unión Europea, las modificaciones se acomodarán a las que se produzcan en el ámbito de la Unión Europea en las citadas disposiciones.
Los anuncios de información previa, de licitación y de formalización de contratos se ajustarán a los modelos incluidos en el anexo II cuando hayan de publicarse en el “Boletín Oficial del Estado”, y a los modelos incluidos en el anexo III cuando vayan a ser objeto de publicación en el “Diario Oficial de la Unión Europea”.
> <small>Se modifica por el art. único.1 del Real Decreto 300/2011, de 4 de marzo. [Ref. BOE-A-2011-5192](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-5192).</small>
Texto oficial de Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (BOE-A-2009-8053). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.