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TÍTULO I. Disposiciones generales · CAPÍTULO III. La sociedad unipersonal · Sección 2.ª Régimen jurídico de la sociedad unipersonal

Artículo 16. Contratación del socio único con la sociedad unipersonal.

Texto oficial de Ley de Sociedades de Capital (BOE-A-2010-10544). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 16. Contratación del socio único con la sociedad unipersonal. — Ley de Sociedades de Capital · BOE Fácil