TÍTULO VII. Las cuentas anuales · CAPÍTULO VI. Depósito y publicidad de las cuentas anuales
Artículo 279. Depósito de las cuentas.
1. Dentro del mes siguiente a la aprobación de las cuentas anuales, los administradores de la sociedad presentarán, para su depósito en el Registro Mercantil del domicilio social, certificación de los acuerdos de la junta de socios de aprobación de dichas cuentas, debidamente firmadas, y de aplicación del resultado, así como, en su caso, de las cuentas consolidadas, a la que se adjuntará un ejemplar de cada una de ellas. Los administradores presentarán también el informe de gestión, que incluirá, cuando proceda, el estado de información no financiera, y el informe del auditor, cuando la sociedad esté obligada a auditoría por una disposición legal o esta se hubiera acordado a petición de la minoría o de forma voluntaria y se hubiese inscrito el nombramiento de auditor en el Registro Mercantil.
2. Si alguno o varios de los documentos que integran las cuentas anuales se hubieran formulado en forma abreviada, se hará constar así en la certificación, con expresión de la causa.
> <small>Se modifica el apartado 1 por el art. 2.5 de la Ley 11/2018, de 28 de diciembre. [Ref. BOE-A-2018-17989](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2018-17989)</small>
> <small>Téngase en cuenta que esta modificación será de aplicación para los ejercicios económicos que se inicien a partir del 1 de enero de 2018, según establece la disposición transitoria de la citada Ley.</small>
> <small>Se modifica el apartado 1 por la disposición final 4.13 de la Ley 22/2015, de 20 de julio. [Ref. BOE-A-2015-8147#dfcuaa](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-8147).</small>
> <small>Téngase en cuenta que esta modificación será de aplicación a los estados financieros que se correspondan con los ejercicios que comiencen a partir de 1 de enero de 2016, como establece la disposición final 14.4 de la indicada norma.</small>
> <small>Se modifica por el art. 1.15 de la Ley 25/2011, de 1 de agosto. [Ref. BOE-A-2011-13240](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-13240).</small>
Texto oficial de Ley de Sociedades de Capital (BOE-A-2010-10544). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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