TÍTULO II. La constitución de las sociedades de capital · CAPÍTULO III. La inscripción registral · Sección 1.ª La inscripción
Artículo 34. Intransmisibilidad de participaciones y acciones antes de la inscripción.
Hasta la inscripción de la sociedad o, en su caso, del acuerdo de aumento de capital social en el Registro Mercantil, no podrán transmitirse las participaciones sociales, ni entregarse o transmitirse las acciones.
Texto oficial de Ley de Sociedades de Capital (BOE-A-2010-10544). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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