TÍTULO II. La constitución de las sociedades de capital · CAPÍTULO IV. La constitución sucesiva de la sociedad anónima
Artículo 50. Acta de la junta constituyente.
Las condiciones de constitución de la junta, los acuerdos adoptados por esta y las protestas formuladas en ella se harán constar en un acta firmada por el suscriptor que ejerza las funciones de secretario, con el visto bueno del presidente.
Texto oficial de Ley de Sociedades de Capital (BOE-A-2010-10544). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 50. Acta de la junta constituyente. — Ley de Sociedades de Capital · BOE Fácil