TÍTULO XIV. Sociedades anónimas cotizadas · CAPÍTULO VI. Especialidades de la junta general de accionistas · Sección 2.ª El reglamento de la junta general
Artículo 512. Carácter obligatorio del reglamento de la junta general.
La junta general de accionistas de la sociedad anónima cotizada, constituida con el quórum del artículo 193 o con el superior previsto a este propósito en los estatutos, aprobará un reglamento específico para la junta general. En este reglamento podrán contemplarse todas aquellas materias que atañen a la junta general, respetando lo establecido en la ley y los estatutos.
> <small>Se modifica por el art. 3.12 de la Ley 5/2021, de 12 de abril. [Ref. BOE-A-2021-5773#at](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-5773)</small>
Texto oficial de Ley de Sociedades de Capital (BOE-A-2010-10544). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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