TÍTULO XIV. Sociedades anónimas cotizadas · CAPÍTULO IX. La información societaria · Sección 1.ª Especialidades de las cuentas anuales · Subsección 1.ª Cuentas anuales.
Artículo 524 bis. Disposiciones comunes a la transmisión de información y el ejercicio del voto.
1. Cuando existan varias entidades intermediarias custodiando las acciones de un mismo beneficiario último, estas se trasmitirán entre sí sin demora la información o confirmación mencionadas en los artículos 520 bis, 520 ter, 522 bis, 524 y 527 bis hasta llegar a dicho beneficiario último o a la sociedad, salvo que la información o confirmación pueda ser transmitida directamente por una de las entidades intermediarias a estos.
2. Será de aplicación a la información transmitida con arreglo a los artículos 520 bis y 520 ter el Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1212 de la Comisión de 3 de septiembre de 2018.
3. Reglamentariamente se podrán concretar otros aspectos técnicos y formales necesarios para garantizar la aplicabilidad de lo dispuesto en los artículos 520 bis, 520 ter, 522 bis, 524 y 527 bis.
> <small>Se añade por el art. 3.18 de la Ley 5/2021, de 12 de abril. [Ref. BOE-A-2021-5773#at](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2021-5773)</small>
Texto oficial de Ley de Sociedades de Capital (BOE-A-2010-10544). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 524 bis. Disposiciones comunes a la transmisión de información y el ejercicio del voto. — Ley de Sociedades de Capital · BOE Fácil