TÍTULO IV. Ejercicio indirecto de la actividad financiera y régimen de transformación de las cajas de ahorros
Artículo 6. Transformación de cajas de ahorros en fundaciones de carácter especial.
**(Derogado)**.
> <small>Se deroga por el apartado b) de la disposición derogatoria única de la Ley 26/2013, de 27 de diciembre. [Ref. BOE-A-2013-13723](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2013-13723).</small>
> <small>Se modifican los apartados 1 y 2 por la disposición final 13. 2 y 3 de la Ley 9/2012, de 14 de noviembre. [Ref. BOE-A-2012-14062](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2012-14062).</small>
> <small>Se modifica el primer párrafo del apartado 3 por la disposición final 1 del Real Decreto-ley 6/2012, de 9 de marzo. [Ref. BOE-A-2012-3394](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2012-3394).</small>
> <small>Se modifica por el art. 4.2 del Real Decreto-ley 2/2012, de 3 de febrero. [Ref. BOE-A-2012-1674](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2012-1674).</small>
> <small>Redactado el apartado 1.a) conforme a la corrección de errores publicada en BOE núm. 39, de 15 de febrero de 2012. [Ref. BOE-A-2012-2249](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2012-2249).</small>
Texto oficial de Real Decreto-ley 11/2010, de 9 de julio, de órganos de gobierno y otros aspectos del régimen jurídico de las Cajas de Ahorros (BOE-A-2010-11086). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.