Las disposiciones contenidas en este real decreto serán de aplicación a las inundaciones ocasionadas por desbordamiento de ríos, torrentes de montaña y demás corrientes de agua continuas o intermitentes, así como las inundaciones causadas por el mar en las zonas costeras y las producidas por la acción conjunta de ríos y mar en las zonas de transición.
Texto oficial de Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación (BOE-A-2010-11184). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 2. Ámbito de aplicación. — Real Decreto 903/2010, de 9 de julio, de evaluación y gestión de riesgos de inundación · BOE Fácil