Artículo 5. Modalidades de los exámenes oficiales.
1. En el caso de las parcelas en las que deban plantarse o almacenarse las patatas de siembra o los vegetales enumerados en el anexo I, punto 1, destinados a la producción de vegetales para la plantación, el examen oficial mencionado en el artículo 4, apartado 1, incluirá muestreos y ensayos para detectar la presencia de los nematodos del quiste de la patata conforme a lo dispuesto en el anexo II.
2. En el caso de las parcelas en las que los vegetales enumerados en el anexo I, punto 2, destinados a la producción de vegetales para la plantación deban plantarse o almacenarse, el examen oficial mencionado en el artículo 4, apartado 1, incluirá muestreos y ensayos para detectar la presencia de nematodos del quiste de la patata conforme a lo dispuesto en el anexo II o una verificación conforme a lo dispuesto en el anexo III, sección I.
Texto oficial de Real Decreto 920/2010, de 16 de julio, por el que se establece el programa nacional de control de los nematodos del quiste de la patata (BOE-A-2010-11727). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 5. Modalidades de los exámenes oficiales. — Real Decreto 920/2010, de 16 de julio, por el que se establece el programa nacional de control de los nematodos del quiste de la patata · BOE Fácil