El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 5 de agosto de 2010.
**JUAN CARLOS R.**
**El Ministro de Fomento,**
**JOSÉ BLANCO LÓPEZ**
Texto oficial de Tiempos de Actividad y Descanso de los Controladores de Tránsito Aéreo (BOE-A-2010-12620). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final cuarta. Entrada en vigor. — Tiempos de Actividad y Descanso de los Controladores de Tránsito Aéreo · BOE Fácil