TÍTULO VII. Solicitudes, control, compatibilidad, pago de las ayudas y comunicaciones · Sección 1.ª Solicitudes y declaraciones
Artículo 98. Contenido de la solicitud única.
1. La solicitud única se cumplimentará en los formularios y soportes establecidos al efecto por las autoridades competentes de las comunidades autónomas, y deberá contener como mínimo la información que se recoge en el anexo I acompañadas, según el régimen de ayudas que se solicite de la documentación adicional que se indica en los anexos correspondientes.
2. La solicitud podrá presentarse por cualquiera de las formas posibles, incluidas las electrónicas.
3. En función de la información que esté a disposición de la autoridad competente, ésta decidirá la documentación a presentar por el administrado.
Texto oficial de Real Decreto 66/2010, de 29 de enero, sobre la aplicación en el año 2010 y 2011 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería (BOE-A-2010-1396). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 98. Contenido de la solicitud única. — Real Decreto 66/2010, de 29 de enero, sobre la aplicación en el año 2010 y 2011 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería · BOE Fácil