CAPÍTULO II. Obligación de consolidar, métodos de consolidación y procedimiento de puesta en equivalencia · Sección 3.ª Procedimiento de puesta en equivalencia
Artículo 12. Aplicación del procedimiento de puesta en equivalencia.
1. El procedimiento de puesta en equivalencia, o método de la participación, se aplicará en la preparación de las cuentas consolidadas a las inversiones en:
a) Sociedades asociadas, y
b) Sociedades multigrupo cuando no se les aplique el método de integración proporcional.
Texto oficial de Real Decreto 1159/2010, de 17 de septiembre, por el que se aprueban las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas y se modifica el Plan General de Contabilidad aprobado por Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre y el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas aprobado por Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre (BOE-A-2010-14621). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.