CAPÍTULO IV. Personal AFIS y Proveedores de formación · Sección 1.ª Personal AFIS
Artículo 19. Formación inicial.
1. La formación inicial, teórica y práctica, se ajustará al programa de instrucción previsto en el artículo 29.
2. Los proveedores de formación AFIS emitirán un certificado de formación inicial AFIS a los alumnos que hayan superado satisfactoriamente la formación impartida por él, emitido de acuerdo con las directivas de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
3. Los proveedores de formación AFIS mantendrán un registro de los certificados por ellos emitidos.
Texto oficial de Servicio de Información de Vuelo de Aeródromos (AFIS) (BOE-A-2010-14625). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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