1. Corresponde al Ministerio de Fomento la propuesta y ejecución de las políticas del Gobierno en materia de infraestructuras, de transporte terrestre de competencia estatal, aéreo y marítimo, con excepción de las que corresponden en materia de protección en el mar al Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, y de vivienda, calidad de la edificación y suelo.
2. El Ministerio de Fomento se estructura en los siguientes órganos superiores:
a) La Secretaría de Estado de Planificación e Infraestructuras.
b) La Secretaría de Estado de Transportes.
c) La Secretaría de Estado de Vivienda y Actuaciones Urbanas.
Texto oficial de Real Decreto 1313/2010, de 20 de octubre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales (BOE-A-2010-16023). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 7. Ministerio de Fomento. — Real Decreto 1313/2010, de 20 de octubre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales · BOE Fácil