CAPÍTULO I. Creación, naturaleza, finalidad, ámbito de aplicación y principios de actuación del Fondo para la Promoción del Desarrollo
Artículo 1. Objeto de la ley.
1. La presente ley tiene como objeto la creación y el establecimiento del régimen jurídico del Fondo para la Promoción del Desarrollo (en adelante, FONPRODE) como instrumento de cooperación al desarrollo, gestionado por el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, a través de la Secretaría de Estado de Cooperación Internacional. El FONPRODE es un fondo carente de personalidad jurídica a los que se refiere el artículo 2.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
2. El FONPRODE tiene como finalidad la erradicación de la pobreza, la reducción de las desigualdades e inequidades sociales entre personas y comunidades, la igualdad de género, la defensa de los derechos humanos y la promoción del desarrollo humano y sostenible en los países empobrecidos.
Texto oficial de Ley del Fondo para la Promoción del Desarrollo (FONPRODE) (BOE-A-2010-16131). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 1. Objeto de la ley. — Ley del Fondo para la Promoción del Desarrollo (FONPRODE) · BOE Fácil