CAPÍTULO VII. Registro de vehículos e inventarios de red
Disposición transitoria cuarta. Vigencia de la Orden FOM/233/2006, de 31 de enero, por la que se regulan las condiciones para la homologación del material rodante ferroviario y de los centros de mantenimiento y se fijan las cuantías de la tasa por certificación de dicho material.
La Orden FOM/233/2006, de 31 de enero, por la que se regulan las condiciones para la homologación del material rodante ferroviario y de los centros de mantenimiento y se fijan las cuantías de la tasa por certificación de dicho material, seguirá vigente hasta que entre en vigor la orden a la que se refiere el artículo 16 de este real decreto.
Texto oficial de Real Decreto 1434/2010, de 5 de noviembre, sobre interoperabilidad del sistema ferroviario de la Red Ferroviaria de interés general (BOE-A-2010-17037). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.