Las comisiones homólogas que se constituyan en las comunidades autónomas tendrán la consideración de comisiones de soporte y referencia de la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida, y colaborarán con ésta en el ejercicio de sus funciones.
La Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida, en colaboración con las comisiones homólogas autonómicas, establecerá los mecanismos de coordinación para la elaboración de informes conjuntos.
Texto oficial de Real Decreto de la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida (BOE-A-2010-1705). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 14. Comisiones homólogas autonómicas. — Real Decreto de la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida · BOE Fácil