1. El Director de la Oficina Presupuestaria de las Cortes Generales será nombrado por las Mesas de las Cámaras en reunión conjunta, a propuesta del Presidente del Congreso de los Diputados, oídas las respectivas Juntas de Portavoces, entre personas de reconocido prestigio profesional en disciplinas económicas, financieras o presupuestarias.
2. El Presupuesto de las Cortes Generales incluirá la dotación presupuestaria necesaria para el ejercicio de las funciones de la Oficina Presupuestaria de las Cortes Generales.
Texto oficial de Ley de la Oficina Presupuestaria de las Cortes Generales (BOE-A-2010-17568). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 2. Composición y medios. — Ley de la Oficina Presupuestaria de las Cortes Generales · BOE Fácil