Disposición adicional primera. Remisión al régimen de dirección electrónica habilitada.
Las referencias efectuadas en el presente real decreto a la Orden PRE/878/2010, de 5 de abril, por la que se establece el régimen del sistema de dirección electrónica habilitada previsto en el artículo 38.2 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, se entenderán realizadas asimismo a cualesquiera disposiciones por las que se regule dicho sistema de dirección electrónica habilitada
Texto oficial de Real Decreto 1363/2010, de 29 de octubre, por el que se regulan supuestos de notificaciones y comunicaciones administrativas obligatorias por medios electrónicos en el ámbito de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (BOE-A-2010-17575). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.