CAPÍTULO II. Composición y funcionamiento del foro
Artículo 5. Funciones del Presidente.
Corresponde al Presidente del Foro:
a) Ostentar la representación del Foro.
b) Ejercer la dirección del Foro.
c) Convocar las sesiones del Pleno, presidirlas y moderar el desarrollo de los debates.
d) Dirimir con su voto las votaciones en caso de empate.
e) Todas aquellas otras funciones que tenga atribuidas por el artículo 23.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento administrativo Común.
Texto oficial de Foro para la Inclusión Educativa del Alumnado con Discapacidad (BOE-A-2010-17707). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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