Las Comisiones elaborarán propuestas o recomendaciones en sus respectivos ámbitos educativos.
Estas Comisiones se reunirán, al menos, una vez por semestre, sin perjuicio de que sus Presidentes puedan convocarlas cuantas veces lo estimen conveniente, en función de las necesidades que surjan en el proceso de estudio de las materias de su competencia.
Texto oficial de Orden EDU/2949/2010, de 16 de noviembre, por la que se crea el Foro para la Inclusión Educativa del Alumnado con Discapacidad y se establecen sus competencias, estructura y régimen de funcionamiento (BOE-A-2010-17707). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 20. Funcionamiento de las Comisiones. — Orden EDU/2949/2010, de 16 de noviembre, por la que se crea el Foro para la Inclusión Educativa del Alumnado con Discapacidad y se establecen sus competencias, estructura y régimen de funcionamiento · BOE Fácil