TÍTULO I. Funciones del Consejo de Seguridad Nuclear · CAPÍTULO II. Funciones de propuesta normativa y de elaboración de instrucciones, guías y circulares de carácter técnico
Artículo 10. Propuesta de reglamentación básica.
El Consejo de Seguridad Nuclear propondrá al Gobierno la nueva reglamentación y la revisión de la existente en materia de seguridad nuclear y protección radiológica, así como la reglamentación en materia de protección física de instalaciones y materiales nucleares y radiactivos, en colaboración con las autoridades competentes, y la que resulte necesaria de acuerdo con las obligaciones internacionales que se contraigan en este ámbito. Dentro de esta reglamentación se establecerán los criterios objetivos para la selección de emplazamientos de las instalaciones nucleares y de las radiactivas de primera categoría, previo informe de las Comunidades Autónomas.
Texto oficial de Real Decreto 1440/2010, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto del Consejo de Seguridad Nuclear (BOE-A-2010-17861). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 10. Propuesta de reglamentación básica. — Real Decreto 1440/2010, de 5 de noviembre, por el que se aprueba el Estatuto del Consejo de Seguridad Nuclear · BOE Fácil