El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Ello no obstante, la norma técnica aprobada en el artículo único será de aplicación obligatoria desde el 1 de julio de 2011.
Dado en Madrid, el 7 de diciembre de 2010.
**JUAN CARLOS R.**
**El Ministro de la Presidencia,**
**RAMÓN JÁUREGUI ATONDO**
Texto oficial de Norma de Calidad del Trigo (BOE-A-2010-19103). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final cuarta. Entrada en vigor. — Norma de Calidad del Trigo · BOE Fácil