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TÍTULO VII. De los entes territoriales · ECIRPF<sub>p</sub> = 0,009936 × CL<sub>2008p</sub> × IA<sub>2011/2008</sub> × 0,95

Artículo 109. Cesión de la recaudación líquida del Impuesto sobre el Valor Añadido: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva.

Texto oficial de Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011 (BOE-A-2010-19703). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.

Artículo 109. Cesión de la recaudación líquida del Impuesto sobre el Valor Añadido: Determinación de las entregas a cuenta y de la liquidación definitiva. — Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011 · BOE Fácil