CAPÍTULO IV. Libramiento de fondos a las comunidades autónomas, ejecución y justificación
Disposición transitoria primera. Libramientos de fondos a las comunidades autónomas en el ejercicio 2010.
Durante el año 2010, los libramientos de fondos a las comunidades autónomas, a los que se refiere el artículo 10 del presente real decreto, se tramitarán en el mes siguiente de su entrada en vigor, por la totalidad de la estimación realizada por cada comunidad autónoma.
Texto oficial de Real Decreto 196/2010, de 26 de febrero, por el que se establecen medidas para facilitar la reinserción laboral así como el establecimiento de ayudas especiales a los trabajadores afectados por los expedientes de regulación de empleo 76/2000, de 8 de marzo de 2001 y 25/2001, de 31 de julio de 2001 (BOE-A-2010-3157). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.