CAPÍTULO I. Los centros de reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores
Artículo 1. Objeto.
Este reglamento tiene por objeto determinar el régimen de acreditación de los centros de reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de aquellos que pretendan obtener o prorrogar las autorizaciones administrativas para conducir, los requisitos que deben cumplir, así como su régimen de funcionamiento, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.
Texto oficial de Real Decreto 170/2010, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de centros de reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores (BOE-A-2010-3471). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 1. Objeto. — Real Decreto 170/2010, de 19 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de centros de reconocimiento destinados a verificar las aptitudes psicofísicas de los conductores · BOE Fácil