ANEXO. REGLAMENTO DE PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA, EL RACISMO, LA XENOFOBIA Y LA INTOLERANCIA EN EL DEPORTE · CAPÍTULO VIII. Medidas de apoyo a la convivencia y la integración en el deporte · Sección 3.ª Distintivo «Juego Limpio»
Artículo 87. Creación.
1. Se crea el distintivo «Juego Limpio» en el marco del artículo 16.1 c) de la Ley 19/2007, de 11 de julio, que se regirá por este capítulo y por sus disposiciones de desarrollo.
2. El distintivo «Juego Limpio» es una mención honorífica concedida por la Presidencia del Consejo Superior de Deportes a propuesta de la Comisión Estatal contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte, para reconocer la actitud de equipos deportivos, deportistas, técnicos, patrocinadores, medios de comunicación y de aficiones que se han destacado durante cada temporada deportiva por su conducta contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia y a favor de la paz, la tolerancia y la convivencia en el deporte.
3. La imagen gráfica del distintivo se establecerá mediante resolución de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes.
Texto oficial de Real Decreto 203/2010, de 26 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de prevención de la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte (BOE-A-2010-3904). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.