ANEXO. REGLAMENTO DE PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA, EL RACISMO, LA XENOFOBIA Y LA INTOLERANCIA EN EL DEPORTE · CAPÍTULO VI. Actas, informes y propuestas
Artículo 72. Evaluación de medios, actuaciones y resultados.
Una vez concluidos los encuentros calificados de alto riesgo, los responsables de los servicios policiales actuantes analizarán los medios empleados, las actuaciones realizadas y los resultados obtenidos, proponiendo, en su caso, la modificación de los sistemas operativos utilizados o la adopción de otros nuevos para lo sucesivo.
Texto oficial de Reglamento de Prevención de la Violencia en el Deporte (BOE-A-2010-3904). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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