ANEXO. REGLAMENTO DE PREVENCIÓN DE LA VIOLENCIA, EL RACISMO, LA XENOFOBIA Y LA INTOLERANCIA EN EL DEPORTE · CAPÍTULO VIII. Medidas de apoyo a la convivencia y la integración en el deporte · Sección 3.ª Distintivo «Juego Limpio»
Artículo 87. Creación.
1. Se crea el distintivo «Juego Limpio» en el marco del artículo 16.1 c) de la Ley 19/2007, de 11 de julio, que se regirá por este capítulo y por sus disposiciones de desarrollo.
2. El distintivo «Juego Limpio» es una mención honorífica concedida por la Presidencia del Consejo Superior de Deportes a propuesta de la Comisión Estatal contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte, para reconocer la actitud de equipos deportivos, deportistas, técnicos, patrocinadores, medios de comunicación y de aficiones que se han destacado durante cada temporada deportiva por su conducta contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia y a favor de la paz, la tolerancia y la convivencia en el deporte.
3. La imagen gráfica del distintivo se establecerá mediante resolución de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes.
Texto oficial de Reglamento de Prevención de la Violencia en el Deporte (BOE-A-2010-3904). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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