1. Todo jefe de unidad se atendrá a lo dispuesto en su propio plan de seguridad, así como en aquellos otros que le puedan afectar. Será responsable de que sus subordinados conozcan la parte que les afecte de los citados planes y de su exacto cumplimiento.
2. Tendrá en cuenta la importancia que tiene la formación de sus subordinados en materia de seguridad, informándoles sobre los previsibles riesgos y amenazas que pudieran afectarles individualmente, dictando las normas necesarias para su prevención.
Texto oficial de Normas sobre Seguridad en las Fuerzas Armadas (BOE-A-2010-4219). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 12. Difusión del plan de seguridad. — Normas sobre Seguridad en las Fuerzas Armadas · BOE Fácil