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real decreto · BOE-A-2010-4399

Real Decreto 207/2010, de 26 de febrero, por el que se establecen las condiciones del uso tutelado de técnicas, tecnologías y procedimientos sanitarios y se modifica el Real Decreto 1207/2006, de 20 de octubre, por el que se regula la gestión del Fondo de cohesión sanitaria

Estado
Vigente
Publicación
16/3/2010
Ámbito
Estatal
Departamento
Ministerio de Sanidad y Política Social

Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial

Este real decreto regula las condiciones del uso tutelado de técnicas, tecnologías y procedimientos sanitarios en el Sistema Nacional de Salud.

A quién afecta: Pacientes y centros sanitarios autorizados para el uso tutelado de nuevas tecnologías.

  • El uso tutelado permite determinar el grado de seguridad, eficacia o eficiencia de una técnica antes de incluirla en la cartera de servicios comunes.
  • Se autoriza mediante orden del Ministro de Sanidad, previo acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.
  • Los pacientes que cumplan los criterios del protocolo tienen derecho a acceder al uso tutelado en igualdad de condiciones, sea cual sea su comunidad autónoma de residencia.
  • Modifica el Real Decreto 1207/2006 sobre el Fondo de cohesión sanitaria para incluir la asistencia derivada del uso tutelado.
¿Para qué sirve el uso tutelado de una técnica o procedimiento sanitario?

Para determinar su grado de seguridad, eficacia, efectividad o eficiencia antes de decidir su inclusión en la cartera de servicios del Sistema Nacional de Salud.

Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.

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Uso Tutelado de Técnicas Sanitarias · BOE Fácil