orden · BOE-A-2010-4443
Orden INT/649/2010, de 12 de marzo, por la que se crean varias sedes electrónicas en el Ministerio del Interior
- Estado
- Vigente
- Publicación
- 17/3/2010
- Ámbito
- Estatal
- Departamento
- Ministerio del Interior
Explicación editorial de BOE Fácil — no es el texto oficial
La Orden INT/649/2010 crea tres sedes electrónicas en el Ministerio del Interior —la central del Departamento y una para cada ámbito de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil—, en cumplimiento de la Ley 11/2007 de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.
A quién afecta: Ciudadanos que se relacionan electrónicamente con el Ministerio del Interior, y los órganos y centros directivos del Departamento, en particular la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil.
- Se crean tres sedes electrónicas: la central del Ministerio del Interior (SECMIR), y una para el ámbito del Cuerpo Nacional de Policía y otra para el ámbito de la Guardia Civil, ambas dentro de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (artículo 2).
- La titularidad de la SECMIR corresponde a la Subsecretaría del Departamento, y su dirección de referencia es https://sede.interior.gob.es (artículo 3.1.b y 3.1.c).
- A través de la SECMIR se realizan todas las actuaciones, procedimientos y servicios que requieran autenticación electrónica de la Administración o de los ciudadanos, salvo los centros directivos que cuenten con sede electrónica propia (artículo 3.1.a).
- Los canales de acceso a los servicios de la SECMIR incluyen internet, la atención presencial en las oficinas del Ministerio y la atención telefónica a través del servicio de información departamental en el 060 (artículo 3.1.g).
- El ámbito de aplicación de la orden se limita a los órganos del propio Ministerio del Interior; los organismos públicos adscritos deben aprobar sus sedes electrónicas mediante resolución de su titular, no por esta orden (artículo 1.2).
¿Cuántas sedes electrónicas crea esta orden en el Ministerio del Interior?
Tres: la sede central del Ministerio (SECMIR) y una para cada ámbito —Policía Nacional y Guardia Civil— de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (artículo 2).
¿A través de qué canales se puede acceder a los servicios de la SECMIR?
Por internet, mediante atención presencial en las oficinas del Ministerio, o por teléfono a través del 060 (artículo 3.1.g).
Redactado por Equipo editorial BOE Fácil.
Normas relacionadas
Relaciones detectadas automáticamente por cita textual o por notas oficiales de vigencia del BOE — no editoriales.
- Cita a: Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos (3 menciones)
- Cita a: Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (1 menciones)
- Cita a: Orden INT/2936/2009, de 27 de octubre, por la que se crea el registro electrónico de la Guardia Civil (1 menciones)
- Cita a: Orden INT/3516/2009, de 29 de diciembre, por la que se crea un registro electrónico, en la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito Cuerpo Nacional de Policía) (1 menciones)
- Modifica a: Orden INT/2936/2009, de 27 de octubre, por la que se crea el registro electrónico de la Guardia Civil (1 notas)
- Modifica a: Orden INT/3516/2009, de 29 de diciembre, por la que se crea un registro electrónico, en la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito Cuerpo Nacional de Policía) (2 notas)
Texto reproducido de fuente oficial. BOE Fácil no ofrece asesoramiento jurídico; para uso legal, verifica siempre la versión consolidada en boe.es. Corpus importado del commit 1c4b5bdfd6 de legalize-es.
