CONVENCIÓN IBEROAMERICANA DE DERECHOS DE LOS JÓVENES · CAPÍTULO III. Derechos económicos, sociales y culturales
Artículo 24. Derecho a la cultura y al arte.
1. Los jóvenes tienen derecho a la vida cultural y a la libre creación y expresión artística. La práctica de estos derechos se vinculará con su formación integral.
2. Los Estados Parte se comprometen a estimular y promover la creación artística y cultural de los jóvenes, a fomentar, respetar y proteger las culturas autóctonas y nacionales, así corno, a desarrollar programas de intercambio y otras acciones que promuevan una mayor Integración cultural entre los jóvenes de Iberoamérica.
Texto oficial de Instrumento de Ratificación de la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes, hecho en Badajoz el 11 de octubre de 2005 (BOE-A-2010-4504). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 24. Derecho a la cultura y al arte. — Instrumento de Ratificación de la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes, hecho en Badajoz el 11 de octubre de 2005 · BOE Fácil