1. La sede electrónica de la AEPD dispondrá del contenido y de los servicios a disposición de los ciudadanos previstos expresamente en el artículo 6 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre.
2. Los contenidos publicados en la sede electrónica de la AEPD responderán a los criterios de seguridad e interoperabilidad que derivan de la Ley 11/2007, de 22 de junio, y de los Reales Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica, y 4/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Interoperabilidad en el ámbito de la Administración Electrónica.
###### Disposición final. Entrada en vigor.
La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 18 de marzo de 2010.–El Director de la Agencia Española de Protección de Datos, Artemi Rallo Lombarte.
Texto oficial de Resolución de 18 de marzo de 2010, de la Agencia Española de Protección de Datos, por la que se crea la Sede Electrónica de la Agencia Española de Protección de Datos (BOE-A-2010-4854). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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