ANEXO III. Formularios sustituidos por el Documento Único Electrónico (DUE)
Disposición final sexta. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor al mes de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 26 de marzo de 2010.
**JUAN CARLOS R.**
**La Vicepresidenta Primera del Gobierno y Ministra de la Presidencia,**
**MARÍA TERESA FERNÁNDEZ DE LA VEGA SANZ**
Texto oficial de Documento Único Electrónico para la Empresa Individual (BOE-A-2010-6044). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
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