Disposición final segunda. Facultad de desarrollo y modificación.
Se faculta al titular del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para dictar las disposiciones necesarias para la aplicación y desarrollo de este real decreto.
Asimismo, se faculta al titular del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente para modificar los modelos contenidos en los anexos de este real decreto.
> <small>Se modifica por el art. único.4 del Real Decreto 791/2015, de 4 de septiembre. [Ref. BOE-A-2015-10199](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2015-10199).</small>
Texto oficial de Real Decreto 488/2010, de 23 de abril, por el que se regulan los productos zoosanitarios (BOE-A-2010-6486). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final segunda. Facultad de desarrollo y modificación. — Real Decreto 488/2010, de 23 de abril, por el que se regulan los productos zoosanitarios · BOE Fácil