CAPÍTULO II. Procedimiento de ingreso en los centros docentes militares de formación · Sección 1.ª Generalidades
Artículo 4. Formas de ingreso.
El ingreso en los centros docentes militares de formación se producirá de conformidad con este reglamento, sus normas de desarrollo y la correspondiente convocatoria, de alguna de las siguientes formas:
a) Directo: procedimiento abierto basado en el principio de libre concurrencia.
b) Promoción para cambio de escala: procedimiento restringido a los militares profesionales para posibilitarles, dentro de su mismo cuerpo, el acceso a otra escala. También se considera promoción para cambio de escala la incorporación de los militares de complemento al cuerpo, y en su caso, escala, al que estén adscritos, o a una escala distinta dentro del mismo cuerpo.
c) Promoción para cambio de cuerpo: procedimiento restringido a los militares profesionales para posibilitarles la integración o adscripción a un cuerpo distinto al de pertenencia.
Texto oficial de Real Decreto 35/2010, de 15 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso y promoción y de ordenación de la enseñanza de formación en las Fuerzas Armadas (BOE-A-2010-653). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.