1. El Ministerio de Justicia se estructura en los siguientes órganos superiores y directivos:
A. La Secretaria de Estado de Justicia. De ella dependen los siguientes órganos directivos:
a) La Secretaría General de Modernización y Relaciones con la Administración de Justicia, de la que, a su vez, dependen los siguientes órganos directivos:
1. La Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia.
2. La Dirección General de Modernización de la Administración de Justicia.
b) La Dirección General de Cooperación Jurídica Internacional y Relaciones con las Confesiones.
B. La Subsecretaría de Justicia, de la que dependen los siguientes órganos directivos:
a) La Secretaría General Técnica.
b) La Dirección General de los Registros y del Notariado.
C. La Abogacía General del Estado-Dirección del Servicio Jurídico del Estado, con rango de Subsecretaría.
> <small>Se modifica por el art. único.1 del Real Decreto 869/2010, de 2 de julio. [Ref. BOE-A-2010-10545](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2010-10545)en la redacción dada por la disposición final 1 del Real Decreto 1203/2010, de 24 de septiembre. [Ref. BOE-A-2010-14658](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2010-14658)</small>
> <small>Se modifica por el art. único.1 del Real Decreto 869/2010, de 2 de julio. [Ref. BOE-A-2010-10545](https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2010-10545)</small>
Texto oficial de Real Decreto 495/2010, de 30 de abril, por el que se aprueba la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales (BOE-A-2010-7184). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.