TÍTULO III. Depósitos · CAPÍTULO II. Depósitos de productos terminados · Sección 1.ª Normas generales
Artículo 76. Invalidez de los permisos.
Los permisos de funcionamiento perderán su validez cuando todas las instalaciones permanezcan inactivas durante un periodo de seis meses, en cuyo caso, para poder reanudar la actividad se precisará permiso del Delegado de Gobierno, previo informe del Área de Industria y Energía.
Texto oficial de Real Decreto del Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería (BOE-A-2010-7333). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 76. Invalidez de los permisos. — Real Decreto del Reglamento de Artículos Pirotécnicos y Cartuchería · BOE Fácil