En lo no previsto en el presente real decreto y, sin perjuicio de las peculiaridades contenidas en el Reglamento de funcionamiento interno que apruebe el Pleno, será de aplicación a la organización y funcionamiento del Consejo Estatal de las Artes Escénicas y de la Música y de los Consejos Artísticos lo dispuesto en el capítulo II del título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Texto oficial de Consejo Estatal de las Artes Escénicas y de la Música (BOE-A-2010-8122). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final primera. Normativa aplicable. — Consejo Estatal de las Artes Escénicas y de la Música · BOE Fácil