TÍTULO I. Honores militares · CAPÍTULO VI. A autoridades extranjeras y de organizaciones internacionales
Artículo 22. Honores a autoridades de organizaciones internacionales.
1. A los Secretarios Generales de las organizaciones internacionales de las que forme parte España, en visita oficial a España, se les rendirán, en el lugar que se determine, los honores militares de arma presentada e himno nacional de España en versión completa o breve, según se corresponda su rango con el de Jefe de Estado o Presidente de Gobierno, y el himno de la organización internacional, en su caso.
2. Iguales honores se les rendirán cuando visiten oficialmente buques de la Armada o unidades de las Fuerzas Armadas españolas desplegadas en el extranjero.
Texto oficial de Real Decreto 684/2010, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Honores Militares (BOE-A-2010-8188). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 22. Honores a autoridades de organizaciones internacionales. — Real Decreto 684/2010, de 20 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de Honores Militares · BOE Fácil