ANEXO X.Bis. Cuantía a incluir en la paga extraordinaria de determinados miembros del Poder Judicial y del Ministerio Fiscal del artículo 32.Cinco · CAPÍTULO VII. Otras medidas de control del gasto público
Disposición final primera. Título competencial.
Los artículos del presente Real Decreto-ley que no constituyen disposiciones modificativas de otras vigentes, se dictan al amparo de los siguientes preceptos de la Constitución:
a) Al amparo de lo dispuesto en el apartado 13º del artículo 149.1 y en el artículo 156.1 de la Constitución, que atribuye al Estado competencia exclusiva en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica y autonomía financiera de las Comunidades Autónomas con arreglo a los principios de coordinación con la Hacienda Pública estatal y de solidaridad entre todos los españoles.
b) Al amparo de lo establecido en el apartado 14º del artículo 149.1 de la Constitución, que atribuyen al Estado la competencia exclusiva en materia de Hacienda general y Deuda del Estado.
c) Al amparo de lo dispuesto en el apartado 16º del artículo 149.1 de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva para dictar legislación sobre productos farmacéuticos.
d) Al amparo de lo dispuesto en el apartado 17º del artículo 149.1 de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva para dictar legislación básica y régimen económico de la Seguridad Social.
e) Al amparo de lo dispuesto en el apartado 18º del artículo 149.1 de la Constitución, que atribuye al Estado competencia exclusiva sobre las bases del régimen estatutario de los funcionarios.
Texto oficial de Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público (BOE-A-2010-8228). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.