ANEXO X.Bis. Cuantía a incluir en la paga extraordinaria de determinados miembros del Poder Judicial y del Ministerio Fiscal del artículo 32.Cinco · CAPÍTULO VII. Otras medidas de control del gasto público
Disposición final tercera. Facultades de desarrollo.
Se habilita al Gobierno y a los titulares de los Ministerios de Economía y Hacienda, de Justicia, de Trabajo e Inmigración, de Presidencia, de Sanidad y Política Social y de Política Territorial, en el ámbito de sus respectivas competencias, para dictar las disposiciones y adoptar las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución de lo establecido en este Real Decreto-ley.
Texto oficial de Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público (BOE-A-2010-8228). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Disposición final tercera. Facultades de desarrollo. — Real Decreto-ley 8/2010, de 20 de mayo, por el que se adoptan medidas extraordinarias para la reducción del déficit público · BOE Fácil