Artículo 10. Fichero de datos de carácter personal.
1. En cumplimiento de lo previsto en el artículo 20 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, se crea el fichero de datos personales «Fichero del Registro Electrónico del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino», cuya titularidad corresponde a la Subsecretaría del Departamento y que será válido a efectos del ejercicio por parte de los ciudadanos de los derechos previstos por dicha Ley.
2. El contenido de este fichero se recoge en el anexo II de la presente Orden.
Texto oficial de Orden ARM/1358/2010, de 19 de mayo, por la que se crea y regula el Registro Electrónico del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (BOE-A-2010-8387). No constituye asesoramiento jurídico. Consulta la versión consolidada en boe.es.
Artículo 10. Fichero de datos de carácter personal. — Orden ARM/1358/2010, de 19 de mayo, por la que se crea y regula el Registro Electrónico del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino · BOE Fácil